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Artículo 130 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 130 solo dice que se elimina o anula el Capítulo X completo de la ley. Ese capítulo hablaba sobre cómo anotar en los registros los cambios en el estado civil (como casarse o divorciarse) y en la capacidad legal de una persona (por ejemplo, si alguien queda bajo tutela). Al derogarlo, ya no aplican esas reglas específicas que estaban en ese capítulo. La reforma se publicó oficialmente el 29 de julio de 2010 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. En pocas palabras, ese artículo solo borra esa parte de la ley sin agregar nada nuevo.

Texto oficial

ARTÍCULO 130.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 29 DE JULIO DE 2010) CAPITULO X DE LAS INSCRIPCIONES DE LAS ANOTACIONES QUE DECLARAN O MODIFICAN EL ESTADO CIVIL Y LA CAPACIDAD LEGAL DE LAS PERSONAS (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 29 DE JULIO DE 2010)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

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