Artículo 1338 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien queda fuera de una herencia (por ejemplo, por no cumplir un requisito), la persona que ocupa su lugar recibe la herencia con las mismas obligaciones y condiciones que el excluido tenía. Esto significa que si el primero debía cumplir algo, como pagar una deuda o cuidar un bien, el que entra en su lugar también debe hacerlo.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,338.- El que hereda en lugar del excluído, tendrá las mismas cargas y condiciones que legalmente se habían puesto a aquél.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.