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Artículo 135 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Puedes pedir que arreglen un acta (como la de nacimiento) si tiene un error. Por ejemplo, si el evento nunca pasó, se pide rectificación por falsedad. También si quieres cambiar un nombre, sexo u otro dato importante que afecte tu identidad o estado civil, es por enmienda. Además, si el error es de dedo en la escritura o en la ortografía, se puede corregir. Y si tienes el mismo nombre y apellido que otra persona y eso te causa confusión o problemas para identificarte, también puedes pedir la rectificación.

Texto oficial

ARTÍCULO 135.- Ha lugar a pedir la rectificación: I. Por falsedad, cuando se alegue que el suceso registrado no pasó; II. Por enmienda, cuando se solicite variar algún nombre u otro dato esencial que afecte el estado civil, la filiación, la nacionalidad, el sexo y la identidad de la persona. (REFORMA PUBLICADA EN LA GOCDMX 27 DE AGOSTO DE 2025) III. Para corregir algún dato esencial o por la existencia de errores mecanográficos y ortográficos. (ADICIÓN PUBLICADA EN LA GOCDMX 27 DE AGOSTO DE 2025) IV. En caso de homonimia del sustantivo propio y apellidos o si se causa perjuicio en la individualización de la identidad personal. (REFORMA PUBLICADA EN LA GOCDMX 29 DE NOVIEMBRE DE 2024)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.