Artículo 135 QUATER del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres pedir un acta de reconocimiento de identidad de género, necesitas ser mexicano o mexicana y tener al menos 18 años cumplidos. Además, tienes que ir al Juzgado Central del Registro Civil para hacer una comparecencia (es decir, presentarte y declarar ante la autoridad) según lo que marca el reglamento. También debes decir tu nombre completo y los datos que aparecen en tu acta de nacimiento original. Por último, tienes que manifestar el nombre que quieres usar (sin apellidos) y, si así lo deseas, el género que solicitas.
Texto oficial
ARTÍCULO 135 QUATER.-Además de lo señalado en el artículo anterior, para el levantamiento del acta correspondiente, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: I. Ser de nacionalidad mexicana; II. Tener al menos 18 años de edad cumplidos. III. Desahogar en el Juzgado Central del Registro Civil, la comparecencia que se detalla en el reglamento y manual de Procedimientos del Registro Civil. Así como manifestar lo siguiente: IV. El nombre completo y los datos registrales asentados en el acta primigenia; V. El nombre solicitado sin apellidos y, en su caso, el género solicitado. (ADICIÓN PUBLICADA EN LA GODF EL 05 DE FEBRERO DE 2015) ARTÍCULO 135 QUINTUS.-Existirá un consejo integrado por la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Gobierno, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, todas del Distrito Federal. El Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, y el Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de los Derechos Humanos del Distrito Federal. El Consejo será el encargado de garantizar los derechos humanos en el desahogo del procedimiento administrativo de reconocimiento de identidad de género presidido por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Distrito Federal y sesionará a convocatoria de esta misma.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.