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Artículo 1378 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El testamento que se hace siguiendo todas las reglas de la ley es válido, incluso si no dice quién va a heredar. También vale aunque la persona que nombraste como heredero no quiera aceptar lo que le toca o no pueda heredar por alguna razón legal. En pocas palabras, si el documento está bien hecho, no importa que el heredero no esté definido o que falle; el testamento sigue siendo legal.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,378.- El testamento otorgado legalmente será válido, aunque no contenga institución de heredero y aunque el nombrado no acepte la herencia o sea incapaz de heredar.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 235) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.