Artículo 1384 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el testador (la persona que hizo el testamento) deja su herencia a sus hermanos, y resulta que algunos son solo de papá, otros solo de mamá y otros de ambos padres, entonces la herencia se reparte igual que cuando alguien muere sin dejar testamento. Eso quiere decir que los hermanos de padre y madre reciben el doble que los de un solo lado.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,384.- Si el testador instituye a sus hermanos, y los tiene sólo de padre, sólo de madre, y de padre y madre, se dividirán la herencia como en el caso de intestado.
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