Artículo 1385 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si en su testamento una persona deja sus bienes a alguien y también a los hijos de esa persona, la ley dice que todos heredan al mismo tiempo, no en cadena. O sea, no tienes que esperar a que el primero herede para que después los hijos reciban algo; desde el principio, todos tienen derecho a su parte de la herencia.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,385.- Si el testador llama a la sucesión a cierta persona y a sus hijos, se entenderán todos instituídos simultánea y no sucesivamente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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