Artículo 1419 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si aceptas una herencia o un legado que incluya la obligación de hacer algo, como construir una casa o pagar una deuda, legalmente tienes que cumplirlo. No puedes agarrar lo que te toca y luego no cumplir con lo que te pidieron. La ley te exige que realices esa acción, aunque sea un compromiso, porque al aceptar la herencia también aceptas esa responsabilidad.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,419.- Si la carga consiste en la ejecución de un hecho, el heredero o legatario que acepte la sucesión queda obligado a prestarlo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.