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Artículo 1421 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que cuando un testamento deja dos o más opciones de herencia a una persona (legatario), quien decide cuál le toca es el heredero principal, a menos que el testador haya dicho claramente que la decisión la toma el legatario.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,421.- En los legados alternativos la elección corresponde al heredero, si el testador no la concede expresamente al legatario.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 240) ↗

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