Artículo 1440 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el testador (la persona que hace el testamento) no sabía que algo era del heredero o del legatario (quienes reciben la herencia o un regalo en el testamento), entonces esa instrucción no vale. Es decir, si dejas en tu testamento un objeto que sin saberlo ya es de la persona a quien se lo quieres dar, ese regalo no cuenta. La ley lo anula porque no tendría sentido regalar algo que ya le pertenece a esa persona.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,440.- Si el testador ignoraba que la cosa fuese propia del heredero o del legatario, será nulo el legado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.