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Artículo 1440 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el testador (la persona que hace el testamento) no sabía que algo era del heredero o del legatario (quienes reciben la herencia o un regalo en el testamento), entonces esa instrucción no vale. Es decir, si dejas en tu testamento un objeto que sin saberlo ya es de la persona a quien se lo quieres dar, ese regalo no cuenta. La ley lo anula porque no tendría sentido regalar algo que ya le pertenece a esa persona.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,440.- Si el testador ignoraba que la cosa fuese propia del heredero o del legatario, será nulo el legado.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 242) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.