Artículo 1453 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el testador (la persona que hizo el testamento) le reclama legalmente a su deudor (quien le debe dinero) y le exige el pago en tribunales, el legado (el regalo que dejó en el testamento) sigue siendo válido. Esto solo aplica si el deudor todavía no le ha pagado al testador. O sea, aunque hayan ido a juicio, mientras no haya pago, no se cancela el derecho de la persona que recibe ese legado.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,453.- Dichos legados subsistirán aunque el testador haya demandado judicialmente al deudor, si el pago no se ha realizado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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