Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 148 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para casarte en México, tú y tu pareja deben tener al menos 18 años cumplidos. No importa si uno es más grande que el otro, los dos tienen que ser mayores de edad. Si eres menor de 18, la ley no te permite casarte, ni siquiera con permiso de tus papás. Esta regla aplica parejo para hombres y mujeres.

Texto oficial

Artículo 148.- Para contraer matrimonio es necesario que ambos contrayentes hayan cumplido 18 años de edad. (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.