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Artículo 1499 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 1,499 fue eliminado de la ley desde el 23 de julio de 2012, cuando se publicó una reforma en el periódico oficial. Eso significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. No tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no es válido en México.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,499.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 248) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.