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Artículo 1501 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1,501 fue eliminado de la ley. Eso significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Si antes decía algo sobre algún derecho u obligación, ahora ya no aplica en ningún caso. En pocas palabras, se borró por completo del código.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,501.- SE DEROGA

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 248) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.