Artículo 1501 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 1,501 fue eliminado de la ley. Eso significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Si antes decía algo sobre algún derecho u obligación, ahora ya no aplica en ningún caso. En pocas palabras, se borró por completo del código.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,501.- SE DEROGA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.