Artículo 1503 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el testador no habla español, él mismo debe elegir a un intérprete de confianza para que lo ayude durante la firma del testamento. Ese intérprete va a estar presente en el momento del acto y también tiene que firmar el documento. El objetivo es asegurar que todo quede claro y que nadie tenga dudas sobre lo que el testador quiso decir.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,503.- Cuando el testador ignore el idioma del país, un intérprete nombrado por el mismo testador concurrirá al acto y firmará el testamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.