Artículo 1507 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los notarios y cualquier persona que ayude a hacer un testamento tienen prohibido dejar hojas en blanco o usar abreviaturas y números. Si el notario lo hace, le toca pagar una multa de 500 pesos, y si es otra persona, solo la mitad, es decir, 250 pesos.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,507.- Se prohibe a los notarios y a cualesquiera otras personas que hayan de redactar disposiciones de última voluntad, dejar hojas en blanco y servirse de abreviaturas o cifras, bajo la pena de quinientos pesos de multa a los notarios y de la mitad a los que no lo fueren.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.