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Artículo 1551 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que se canceló o se borró por completo. La reforma que lo quitó se publicó en el periódico oficial del gobierno el 23 de julio de 2012. Entonces, si alguien te menciona este artículo, no lo tomes en cuenta, ya que no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,551.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 254) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.