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Artículo 1552 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1,552 fue eliminado de la ley, así que ya no existe ni tiene ningún efecto. Esto significa que ya no aplica ninguna regla que antes estuviera en ese artículo. La derogación se publicó oficialmente en el periódico del gobierno el 23 de julio de 2012. En pocas palabras, ese artículo ya no vale para nada.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,552.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 254) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.