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Artículo 1563 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo simplemente dice que se eliminó de la ley, o sea, ya no existe. La reforma que lo borró se hizo oficial el 23 de julio de 2012. En otras palabras, lo que estás viendo ya no se aplica; es como si la ley lo hubiera tachado.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,563.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 255) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.