Artículo 1598 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo simplemente dice que se cancela o elimina por completo el Título Cuarto, que hablaba de la "Sucesión Legítima", y también su Capítulo I con las reglas generales. En otras palabras, ya no aplica esa parte de la ley que definía cómo se heredan los bienes cuando alguien muere sin dejar testamento. La palabra "deroga" significa que esa sección deja de tener validez legal.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,598.- SE DEROGA TITULO CUARTO DE LA SUCESIÓN LEGÍTIMA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.