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Artículo 1638 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la esposa queda embarazada justo cuando su marido fallece, ella debe avisarle al juez que está llevando el caso de la herencia en un plazo de 40 días. El juez entonces les dirá a las otras personas que también tienen derecho a la herencia que ese derecho podría desaparecer o reducirse si nace el bebé, a quien se le llama “póstumo”. Esto es importante porque el hijo que está por nacer tiene prioridad sobre otros herederos.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,638.- Cuando a la muerte del marido la viuda crea haber quedado encinta, lo pondrá en conocimiento del juez que conozca de la sucesión, dentro del término de cuarenta días, para que lo notifique a los que tengan a la herencia un derecho de tal naturaleza que deba desaparecer o disminuir por el nacimiento del póstumo.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 262) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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