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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5816/1663
Ley
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
1663

Artículo 1663 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien tiene derecho a heredar por dos razones diferentes —por un testamento o porque la ley así lo dice— y decide rechazar la herencia por una de esas razones, entonces se considera que la rechazó por las dos. En otras palabras, no puedes aceptar la herencia por un lado y rechazarla por el otro; al decir no a una, estás diciendo no a todo.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,663.- El que es llamado a una misma herencia por testamento y abintestato, y la repudia por el primer título, se entiende haberla repudiado por los dos.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 265) ↗

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