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Artículo 1693 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando varios albaceas trabajan juntos para manejar una herencia, todas las decisiones importantes las tienen que tomar en equipo, o sea, todos de acuerdo. Si no están todos presentes, uno puede actuar si los demás le dan permiso por escrito. Si hay pleito entre ellos, se acepta lo que diga la mayoría. Y si no logran ponerse de acuerdo ni por mayoría, entonces un juez es quien decide qué hacer.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,693.- Cuando los albaceas fueren mancomunados sólo valdrá lo que todos hagan de consuno; lo que haga uno de ellos, legalmente autorizado por los demás, o lo que, en caso de disidencia, acuerde el mayor número. Si no hubiere mayoría, decidirá el juez.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 268) ↗

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