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Artículo 173 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 173 ya no es válido porque fue eliminado oficialmente, según una reforma publicada el 6 de enero de 1994 en el Diario Oficial de la Federación. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese artículo dejó de tener efecto y ya no se aplica. Así que no debes preocuparte por ese artículo, porque ya no existe en la ley actual. Es como si lo hubieran borrado para siempre.

Texto oficial

ARTÍCULO 173.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 6 DE ENERO DE 1994)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.