Artículo 173 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 173 ya no es válido porque fue eliminado oficialmente, según una reforma publicada el 6 de enero de 1994 en el Diario Oficial de la Federación. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese artículo dejó de tener efecto y ya no se aplica. Así que no debes preocuparte por ese artículo, porque ya no existe en la ley actual. Es como si lo hubieran borrado para siempre.
Texto oficial
ARTÍCULO 173.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 6 DE ENERO DE 1994)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.