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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5816/175
Ley
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
175

Artículo 175 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo simplemente dice que se cancela o elimina una ley o parte de ella que ya existía. Cuando una ley se "deroga", significa que deja de tener efecto y ya no se aplica. Es como cuando quitas una regla del manual porque ya no sirve o la cambias por otra. En este caso, el artículo 175 solo anuncia que algo se deroga, pero no dice qué es exactamente.

Texto oficial

ARTÍCULO 175.- SE DEROGA

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.