Artículo 1834 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cómo firmar un contrato cuando la ley exige que sea por escrito. Tienes dos opciones: la firma de puño y letra (autógrafa) o la Firma Electrónica Avanzada, que valen lo mismo. Si alguien no sabe o no puede firmar, otra persona firma por él y se pone su huella digital en el documento. Para contratos que necesiten ir ante un notario, se pueden hacer en papel o en un sistema digital que el notario tenga. Además, los documentos pueden llevar un código QR o tecnología parecida para verificarlos en línea, pero si no lo tienen, el documento sigue siendo válido.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,834.- Cuando se exija la forma escrita para el contrato, los documentos relativos deben ser firmados por todas las personas a las cuales se imponga esa obligación, de la siguiente manera: I. Con el uso de firma autógrafa. Si alguna de ellas no puede o no sabe firmar, lo hará otra a su ruego y en el documento se imprimirá la huella digital del interesado que no firmó. Con el uso de la Firma Electrónica Avanzada o de la Firma Electrónica de la Ciudad de México las cuales tendrán un valor jurídico equivalente al de la firma autógrafa; II. En los casos en que la ley establezca como requisito que un acto jurídico deba otorgarse en instrumento ante notario, dicho otorgamiento se hará en el protocolo ordinario o en el protocolo digital que tenga a su cargo en el ámbito de la actuación digital notarial en los términos establecidos por la Ley del Notariado de la Ciudad de México. Para la verificación, de los documentos a que se refiere la citada fracción, así como los que contengan la reproducción o representación de los instrumentos notariales a que se refiere la fracción II, podrá utilizarse una matriz de datos bidimensional o cualquier otra tecnología análoga existente o por existir que permita su consulta por medios electrónicos sin que la omisión de dicho elemento sea causa de su invalidez. DIVISIÓN DE LOS CONTRATOS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.