Artículo 1843 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La cláusula penal es una multa que acuerdas pagar si no cumples con lo prometido en un contrato, como terminar un trabajo a tiempo. Esta multa no puede ser más cara que la deuda o la obligación original que firmaste. Por ejemplo, si debes $1,000 pesos, la penalización máxima también será de $1,000 pesos, ni un centavo más. Así te protege la ley para que no te impongan castigos exagerados o abusivos.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,843.- La cláusula penal no puede exceder ni en valor ni en cuantía a la obligación principal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.