Artículo 1859 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las reglas que existen para los contratos también se usan para otros acuerdos o actos legales. Pero solo aplican si esas reglas no van en contra de lo que es normal para ese tipo de acuerdo o si no hay una ley especial que diga algo diferente. En pocas palabras, si no hay una regla específica, se usan las reglas generales de los contratos, siempre y cuando tengan sentido para el caso.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,859.- Las disposiciones legales sobre contratos serán aplicables a todos los convenios y a otros actos jurídicos, en lo que no se opongan a la naturaleza de estos o a disposiciones especiales de la ley sobre los mismos. CAPITULO II DE LA DECLARACIÓN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
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