Artículo 1984 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando hay más de una persona que debe o a quien se le debe, todos comparten la misma deuda o el mismo derecho de cobro. A eso se le llama "mancomunidad", que significa que andan juntos en la obligación. Por ejemplo, si varios amigos piden prestado un dinero juntos, todos son responsables como grupo.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,984.- Cuando hay pluralidad de deudores o de acreedores, tratándose de una misma obligación, existe la mancomunidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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