Artículo 1985 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando varias personas deben pagar una deuda o tienen derecho a cobrarla, no significa que cualquiera de ellas tenga que pagar todo o pueda cobrar todo. En estos casos, la deuda o el crédito se divide en partes iguales entre todos los involucrados. Por ejemplo, si tres personas deben $3,000, cada una solo debe pagar $1,000, y si tres personas son las que prestaron, cada una solo puede cobrar $1,000. Cada parte cuenta como una deuda o crédito independiente.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,985.- La simple mancomunidad de deudores o de acreedores no hace que cada uno de los primeros deba cumplir íntegramente la obligación, ni da derecho a cada uno de los segundos para exigir el total cumplimiento de la misma. En este caso el crédito o la deuda se consideran divididos en tantas partes como deudores o acreedores haya y cada parte constituye una deuda o un crédito distintos unos de otros.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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