Artículo 1996 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si debes en grupo, como en un préstamo donde todos firman, eres "deudor solidario": eso significa que cualquiera puede ser obligado a pagar el total. Si a ti te reclaman el pago, tienes derecho a usar defensas (excepciones) que beneficien a todos los del grupo, como decir que ya pagaron o que el contrato es inválido. Pero si no usas esas defensas y terminas pagando, los demás codeudores pueden reclamarte a ti el dinero que perdieron por tu culpa. En pocas palabras, si te toca pagar, defiende a todo el grupo o luego te tocará cubrirles a ellos también.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,996.- El deudor solidario es responsable para con sus coobligados si no hace valer las excepciones que son comunes a todos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.