Artículo 2016 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si prestaste o prometiste algo sin decir exactamente de qué calidad era, puedes cumplir con entregar una cosa de calidad regular, ni la mejor ni la peor. Esto aplica cuando no hubo un acuerdo específico sobre cómo debía ser el objeto. El deudor (el que debe entregar) tiene derecho a elegir una opción que sea aceptable para saldar su deuda.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,016.- En el caso del artículo que precede, si no se designa la calidad de la cosa, el deudor cumple entregando una de mediana calidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.