Artículo 202 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 202 ya no está vigente, es decir, ya no existe como ley porque fue eliminado oficialmente. La reforma que lo eliminó se publicó en la Gaceta Oficial el 25 de mayo del año 2000, así que desde entonces ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, olvídate de ese artículo porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
ARTÍCULO 202.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.