Artículo 2135 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si compras varias cosas en un solo contrato y el vendedor no puso el precio por separado de cada una, pero una de ellas resulta que no era de su propiedad (evicción), entonces aplican las mismas reglas del artículo anterior. Eso significa que puedes pedir que te devuelvan una parte justa del precio, dependiendo del valor de la cosa que perdiste.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,135.- También se observará lo dispuesto en el artículo que precede cuando en un sólo contrato se hayan enajenado dos o más cosas sin fijar el precio de cada una de ellas, y una sola sufriera la evicción.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.