Artículo 214 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ya no aplica este artículo, porque la ley lo eliminó oficialmente. Cuando una ley dice "se deroga", significa que esa parte ya no tiene vigencia ni validez legal. Así que, en la práctica, el artículo 214 ya no existe para efectos legales.
Texto oficial
ARTÍCULO 214.- SE DEROGA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.