Artículo 2151 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si compras una yunta de bueyes o una pareja de animales que normalmente van juntos, la ley entiende que tu intención era quedarte con los dos, no nada más con uno solo. Esto aplica aunque te hayan dicho el precio de cada animal por separado. En pocas palabras, si adquieres el par completo, se asume que querías ambos y no tienes derecho a decir después que solo te interesaba uno.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,151.- Se presume que el adquirente no tenía voluntad de adquirir uno solo de los animales, cuando se adquiere un tiro, yunta o pareja, aunque se haya señalado un precio separado a cada uno de los animales que los componen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.