Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 2151 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si compras una yunta de bueyes o una pareja de animales que normalmente van juntos, la ley entiende que tu intención era quedarte con los dos, no nada más con uno solo. Esto aplica aunque te hayan dicho el precio de cada animal por separado. En pocas palabras, si adquieres el par completo, se asume que querías ambos y no tienes derecho a decir después que solo te interesaba uno.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,151.- Se presume que el adquirente no tenía voluntad de adquirir uno solo de los animales, cuando se adquiere un tiro, yunta o pareja, aunque se haya señalado un precio separado a cada uno de los animales que los componen.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 326) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.