Artículo 2155 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si compras un animal —puede ser uno solo, una yunta o todo un lote de ganado— y después descubres que tiene algún defecto o enfermedad que no se veía a simple vista, tienes solo 20 días para reclamar desde el día que hiciste el trato. A esto se le llama "acción redhibitoria", que básicamente es tu derecho a devolver el animal y que te devuelvan tu dinero, o pedir una rebaja, por esos problemas ocultos. Pasados esos 20 días, ya no puedes hacer el reclamo, así que debes revisar bien al animal apenas lo compres.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,155.- En caso de enajenación de animales, ya sea que se enajenen individualmente; por troncos o yuntas, o como ganados, la acción redhibitoria por causa de tachas o vicios ocultos, sólo dura veinte días, contados desde la fecha del contrato.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.