Artículo 2172 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un deudor ya no tiene dinero para pagar sus deudas (es insolvente) y paga antes de la fecha límite acordada, ese pago se puede anular. Esto significa que el deudor no debería haber adelantado el pago si ya sabía que no podía cubrir sus otras deudas. La ley protege a los demás acreedores para que no salgan perdiendo. En pocas palabras, si debes y estás en ceros, mejor no pagues antes de tiempo porque te pueden reclamar.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,172.- Es también anulable el pago hecho por el deudor insolvente, antes del vencimiento del plazo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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