Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 2196 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tienes varias deudas con la misma persona y todas se pueden cancelar entre sí (a eso se le llama compensación), la ley dice que, si no acuerdas otro orden, se deben pagar en el mismo orden que marca el artículo 2,093. Eso significa que primero se pagan las deudas más viejas, luego las más recientes. Así que, si no dices nada, las deudas más antiguas se cancelan primero.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,196.- Si fueren varias las deudas sujetas a compensación, se seguirá, a falta de declaración, el orden establecido en el artículo 2,093.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 331) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.