Artículo 2235 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que firmaste un contrato que no valía legalmente, pero después decides aceptarlo y hacerlo válido (eso es la confirmación). Legalmente, se considera que el contrato valió desde el primer día que lo firmaste, no desde que lo confirmaste. Pero ojo: si esa retroactividad afecta los derechos de alguien más que no tuvo nada que ver con el asunto (un tercero), entonces no se aplica. En otras palabras, no puedes perjudicar a personas ajenas al contrato con este "viaje en el tiempo".
Texto oficial
ARTÍCULO 2,235.- La confirmación se retrotrae al día en que se verificó el acto nulo; pero ese efecto retroactivo no perjudicará a los derechos de tercero.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.