Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 2235 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagina que firmaste un contrato que no valía legalmente, pero después decides aceptarlo y hacerlo válido (eso es la confirmación). Legalmente, se considera que el contrato valió desde el primer día que lo firmaste, no desde que lo confirmaste. Pero ojo: si esa retroactividad afecta los derechos de alguien más que no tuvo nada que ver con el asunto (un tercero), entonces no se aplica. En otras palabras, no puedes perjudicar a personas ajenas al contrato con este "viaje en el tiempo".

Texto oficial

ARTÍCULO 2,235.- La confirmación se retrotrae al día en que se verificó el acto nulo; pero ese efecto retroactivo no perjudicará a los derechos de tercero.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 334) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.