Artículo 2267 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Artículo 2,267 dice que son ilegales las ventas que hagan que un producto básico (como la comida o la medicina) se junte en manos de una sola persona o de muy pocas personas, con la intención de subirle el precio. O sea, si alguien compra todo un producto para acapararlo y después venderlo más caro, esa venta no vale legalmente. La ley protege que los artículos que necesitamos para vivir no se vuelvan súper caros por culpa de unos cuantos.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,267.- Son nulas las ventas que produzcan la concentración o acaparamiento, en una o en pocas manos, de artículos de consumo necesario, y que tengan por objeto obtener el alza de los precios de esos artículos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.