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Artículo 2309 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si compras algo que aún no existe, como la cosecha que todavía no crece, y aceptas el riesgo de que nunca llegue a existir, entonces el contrato es aleatorio. Esto significa que el resultado depende de la suerte o de algo incierto. En ese caso, el contrato se maneja según las reglas especiales para la "compra de esperanza", que es básicamente apostarle a que algo pase para recibir lo que compraste.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,309.- Si se venden cosas futuras, tomando el comprador el riesgo de que no llegasen a existir, el contrato es aleatorio y se rige por lo dispuesto en el capítulo relativo a la compra de esperanza. (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 3 DE ENERO DE 1979)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 343) ↗

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