Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 2326 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez ordena vender una propiedad que es de varios dueños para repartir el dinero, se aplican las mismas reglas que cuando los herederos dividen una herencia. Es decir, si tú y otros son dueños de algo y la única forma de repartirlo es venderlo por orden judicial, el proceso se hace igual que el reparto de bienes entre familiares después de un fallecimiento. Esto sirve para que nadie salga perdiendo y todos reciban su parte justa.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,326.- En las enajenaciones judiciales que hayan de verificarse para dividir cosa común, se observará lo dispuesto para la partición entre herederos. TITULO TERCERO DE LA PERMUTA

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 346) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.