Artículo 2332 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Una donación es un acuerdo donde tú le regalas a alguien, sin recibir dinero ni nada a cambio, algo que ya es tuyo. Puedes darle todos tus bienes o solo una parte, pero solo lo que tengas en ese momento, no lo que vayas a tener en el futuro. Es como cuando le regalas un carro o una casa a un familiar sin pedirle pago. Es un acto voluntario y gratuito, o sea, de a gratis.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,332.- Donación es un contrato por el que una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.