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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5816/243
Ley
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
243

Artículo 243 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que se cancela o elimina otra regla que existía antes. No hay una nueva obligación o derecho que aprender, nada de lo que tengas que preocuparte.

Texto oficial

ARTÍCULO 243.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 54) ↗

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