Artículo 243 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que se cancela o elimina otra regla que existía antes. No hay una nueva obligación o derecho que aprender, nada de lo que tengas que preocuparte.
Texto oficial
ARTÍCULO 243.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)
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