Artículo 2467 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando rentas un lugar, como un departamento o una casa, tienes que arreglar los desperfectos pequeños que pasen por el uso diario, como una llave que gotea o una manija que se afloja. No es tu responsabilidad pagar arreglos grandes, como el cambio del boiler o del techo. Es como cuando prestas algo y lo devuelves en buen estado cuidando los detalles chiquitos.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,467.- El arrendatario está obligado a hacer las pequeñas reparaciones que exija el uso de la cosa dada en arrendamiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.