Artículo 2477 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Lo que dice el artículo 2,477 es que la regla del artículo 2,465 también aplica para las herramientas, equipos y animales que se usan para trabajar una finca o rancho rentado. Esa regla probablemente habla sobre cómo se deben entregar o devolver esas cosas cuando termina el contrato de renta. Básicamente, si rentas un terreno y también te prestan aperos (como tractores, palas o bestias), tienes que seguir las mismas condiciones que para la tierra.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,477.- Lo dispuesto en el artículo 2,465 es aplicable a los aperos de la finca arrendada. (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 16 DE ENERO DE 2003) CAPITULO VII DISPOSICIONES ESPECIALES RESPECTO DE LOS ARRENDAMIENTOS POR TIEMPO INDEFINIDO (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 16 DE ENERO DE 2003)(FE DE ERRATAS PUBLICADA EN LA GODF EL 6 DE FEBRERO DE 2003)
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