Artículo 2494 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 2,494 fue eliminado de la ley, es decir, ya no existe ni se aplica. Esto se hizo oficial el 16 de enero de 2003, cuando se publicó la reforma en el periódico oficial. En otras palabras, si antes ese artículo decía algo que te afectaba, ya no tienes que preocuparte por él. La palabra "derogar" significa que se cancela o se deja sin efecto una regla. Así que olvídate de ese artículo porque ya no vale.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,494.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 16 DE ENERO DE 2003)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.