Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 2494 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 2,494 fue eliminado de la ley, es decir, ya no existe ni se aplica. Esto se hizo oficial el 16 de enero de 2003, cuando se publicó la reforma en el periódico oficial. En otras palabras, si antes ese artículo decía algo que te afectaba, ya no tienes que preocuparte por él. La palabra "derogar" significa que se cancela o se deja sin efecto una regla. Así que olvídate de ese artículo porque ya no vale.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,494.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 16 DE ENERO DE 2003)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 373) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.