Artículo 2500 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te presta algo (como un carro, una herramienta o una casa), no puedes prestarlo a otra persona sin que el dueño original te dé permiso. El que recibe el préstamo solo puede usar la cosa, pero no tiene derecho a pasarla a nadie más. Si lo haces sin autorización, estás incumpliendo el trato. Básicamente, lo que te prestan es solo para ti.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,500.- Sin permiso del comodante no puede el comodatario conceder a un tercero el uso de la cosa entregada en comodato.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.