Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 2500 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te presta algo (como un carro, una herramienta o una casa), no puedes prestarlo a otra persona sin que el dueño original te dé permiso. El que recibe el préstamo solo puede usar la cosa, pero no tiene derecho a pasarla a nadie más. Si lo haces sin autorización, estás incumpliendo el trato. Básicamente, lo que te prestan es solo para ti.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,500.- Sin permiso del comodante no puede el comodatario conceder a un tercero el uso de la cosa entregada en comodato.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 373) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.