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Artículo 2536 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te hospedas en un hotel, el dueño solo es responsable si le entregas dinero, joyas u objetos muy caros directamente a él o a un empleado autorizado, y lo dejas en su guarda. Si no haces esa entrega formal, el hotel no tendrá que pagarte si se pierde algo. Esto aplica solo para cosas de mucho valor, como joyas o grandes cantidades de efectivo. En otras palabras, no puedes dejar tus cosas de valor en la habitación y esperar que el hotel responda por ellas.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,536.- Para que los dueños de establecimientos donde se reciben huéspedes sean responsables del dinero, valores u objetos de precio notoriamente elevado que introduzcan en esos establecimientos las personas que allí se alojan, es necesario que sean entregados en depósito a ellos o a sus empleados debidamente autorizados.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 377) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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